- Ley
- CÓDIGO Penal Federal
- Artículo
- 335
Artículo 335 del CÓDIGO Penal Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si abandonas a un niño que no puede valerse por sí mismo o a una persona enferma, y tenías la obligación de cuidarlos, te pueden ir a la cárcel de 1 mes a 4 años. Esto aplica siempre que esa persona no sufra ningún daño. Además, si eres papá, mamá o tutor del que abandonaste, te quitan la patria potestad (el derecho de criar a tus hijos) o la tutela (el derecho de cuidar a alguien).
Texto oficial
Artículo 335.- Al que abandone a un niño incapaz de cuidarse a sí mismo o a una persona enferma, teniendo obligación de cuidarlos, se le aplicarán de un mes a cuatro años de prisión, sí no resultare daño alguno, privándolo, además, de la patria potestad o de la tutela, si el delincuente fuere ascendiente o tutor del ofendido.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.