- Ley
- CÓDIGO Penal Federal
- Artículo
- 381 Ter
Artículo 381 Ter del CÓDIGO Penal Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El abigeato es cuando alguien roba una o más cabezas de ganado sin el permiso de su dueño legal, ya sea que lo haga directamente o usando a otra persona. El ganado incluye animales como vacas, caballos, burros, ovejas, cabras, cerdos, colmenas de abejas y otros similares, sin importar para qué se usen normalmente o si son mansos o salvajes. Este delito se castiga con cárcel de 2 a 10 años. También se considera abigeato y se aplica la misma pena si alguien sacrifica al ganado sin el permiso del dueño.
Texto oficial
Artículo 381 Ter.- Comete el delito de abigeato, quien por sí o por interpósita persona se apodere de una o más cabezas de ganado, sin consentimiento de quien legalmente pueda disponer de ellas. Se considerará ganado, para los efectos de este delito, a las especies: bovina, caballar, asnal, mular, ovina, caprina, porcina o de una o más colonias de abejas en un apiario; así como aquél domesticado, bravo, de pezuña, ganado mayor o ganado menor, independientemente de la actividad típica del animal. CÓDIGO PENAL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 13-03-2026 126 de 353 Por tal delito, se impondrán de dos a diez años de prisión. Se equiparará al delito de abigeato y se sancionará con la misma pena que éste, el sacrificio de ganado sin el consentimiento de quien legalmente pueda otorgarlo. Artículo adicionado DOF 23-06-2017
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