- Ley
- CÓDIGO Penal Federal
- Artículo
- 381 Quáter
Artículo 381 Quáter del CÓDIGO Penal Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien que trabaja para el dueño del ganado o es su familiar (hasta primos hermanos o tíos) roba el ganado, el delito se vuelve más grave y la cárcel puede ser hasta un 50% más larga. También se castiga igual si el robo se hace con golpes, amenazas o si lo comete un funcionario público que usa su cargo. Si el robo lo hace un grupo de personas organizado, se aplican otras reglas más duras del código penal.
Texto oficial
Artículo 381 Quáter.- El delito de abigeato se considera calificado y se aumentará la pena hasta en una mitad, cuando sea cometido por quien tenga una relación laboral, o de parentesco por consanguinidad o afinidad hasta el cuarto grado con el propietario del ganado. De igual manera se impondrá la pena establecida en el párrafo anterior, cuando el delito se ejecute mediante violencia física o moral, o bien cuando lo comenta un servidor público. Cuando la conducta a que se refiere este artículo se cometa por una asociación delictuosa, banda o pandilla, se sancionará en términos de los artículos 164 o 164 Bis, según corresponda. Artículo adicionado DOF 23-06-2017 CAPITULO II Abuso de confianza
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.