- Ley
- CÓDIGO Penal Federal
- Artículo
- 384
Artículo 384 del CÓDIGO Penal Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El abuso de confianza ocurre cuando alguien tiene algo que no es suyo y, aunque la persona dueña se lo pida formalmente, no lo devuelve, o tampoco lo entrega a la autoridad para que ella decida qué hacer según la ley. En pocas palabras, si te prestan o te encargan algo y te niegas a regresarlo cuando te lo exigen, estás cometiendo este delito.
Texto oficial
Artículo 384.- Se reputa como abuso de confianza la ilegítima posesión de la cosa retenida si el tenedor o poseedor de ella no la devuelve a pesar de ser requerido formalmente por quien tenga derecho, o no la entrega a la autoridad, para que ésta disponga de la misma conforme a la ley. Artículo reformado DOF 09-03-1946 CÓDIGO PENAL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 13-03-2026 127 de 353
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