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Ley
CÓDIGO Penal Federal
Artículo
389

Artículo 389 del CÓDIGO Penal Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien usa su puesto en el gobierno, en una empresa del estado o en un sindicato (o aprovecha sus contactos con jefes de esos lugares) para pedir dinero, regalos o cualquier beneficio a cambio de prometer un trabajo, un ascenso o un aumento de sueldo, eso se considera fraude. La sanción puede ser de 6 meses a 10 años de cárcel y una multa de 400 a 4,000 pesos. Ojo: este artículo ya fue derogado, es decir, ya no está vigente desde 1946, aunque en su momento se aplicaba.

Texto oficial

Artículo 389.- Se equipara al delito de fraude y se sancionará con prisión de seis meses a diez años y multa de cuatrocientos a cuatro mil pesos, el valerse del cargo que se ocupe en el gobierno, en una empresa descentralizada o de participación estatal, o en cualquiera agrupación de carácter sindical, o de sus relaciones con los funcionarios o dirigentes de dichos organismos, para obtener dinero, valores, dádivas, obsequios o cualquier otro beneficio, a cambio de prometer o proporcionar un trabajo, un ascenso o aumento de salario en tales organismos. Artículo derogado DOF 09-03-1946. Adicionado DOF 05-01-1955. Reformado DOF 30-12-1975, 07-01-1980

Ver texto oficial del CÓDIGO Penal Federal (pág. 130) ↗

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