- Ley
- CÓDIGO Penal Federal
- Artículo
- 422
Artículo 422 del CÓDIGO Penal Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien comete un delito contra el ambiente (como contaminar o dañar bosques) y además tiene la obligación legal de cuidar ese lugar o esos recursos (por ejemplo, por ser el dueño, el responsable de una empresa, o un funcionario público encargado), entonces le pueden aumentar la condena de cárcel hasta tres años más. Esto es porque no solo cometió el delito, sino que también falló en su responsabilidad de proteger lo que debía cuidar.
Texto oficial
Artículo 422.- En el caso de los delitos contra el ambiente, cuando el autor o partícipe tenga la calidad de garante respecto de los bienes tutelados, la pena de prisión se aumentará hasta en tres años. Artículo adicionado DOF 13-12-1996. Reformado DOF 06-02-2002 CÓDIGO PENAL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 13-03-2026 145 de 353
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