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Ley
CÓDIGO Penal Federal
Artículo
424 bis

Artículo 424 bis del CÓDIGO Penal Federal

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si haces copias no autorizadas de música, películas, libros o programas de computadora protegidos por derechos de autor, y lo haces a propósito para venderlas o lucrar, te pueden meter a la cárcel de 3 a 10 años y multarte con hasta 20 mil días de salario mínimo. También aplica si vendes, distribuyes o importas esas copias piratas, o si conscientemente das materiales para fabricarlas. Además, es delito fabricar aparatos que sirvan para quitar la protección de programas de computadora, con intención de ganar dinero. Igualmente, si grabas o transmites una película completa o partes de ella en el cine sin permiso del dueño de los derechos, también te castigan con la misma pena.

Texto oficial

Artículo 424 bis.- Se impondrá prisión de tres a diez años y de dos mil a veinte mil días multa: I. A quien produzca, reproduzca, introduzca al país, almacene, transporte, distribuya, venda o arriende copias de obras, fonogramas, videogramas o libros, protegidos por la Ley Federal del Derecho de Autor, en forma dolosa, con fin de especulación comercial y sin la autorización que en los términos de la citada Ley deba otorgar el titular de los derechos de autor o de los derechos conexos. Igual pena se impondrá a quienes, a sabiendas, aporten o provean de cualquier forma, materias primas o insumos destinados a la producción o reproducción de obras, fonogramas, videogramas o libros a que se refiere el párrafo anterior; Párrafo reformado DOF 01-07-2020 II. A quien fabrique con fin de lucro un dispositivo o sistema cuya finalidad sea desactivar los dispositivos electrónicos de protección de un programa de computación, o Fracción reformada DOF 01-07-2020 III. A quien grabe, transmita o realice una copia total o parcial de una obra cinematográfica protegida, exhibida en una sala de cine o lugares que hagan sus veces, sin la autorización del titular del derecho de autor o derechos conexos. Fracción adicionada DOF 01-07-2020 Artículo adicionado DOF 17-05-1999

Ver texto oficial del CÓDIGO Penal Federal (pág. 145) ↗

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