- Ley
- CÓDIGO Penal Federal
- Artículo
- 429
Artículo 429 del CÓDIGO Penal Federal
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El artículo dice que los delitos de esta sección se investigan y castigan automáticamente por las autoridades, sin necesidad de que alguien presente una denuncia. La única excepción es para los casos mencionados en los artículos 424 (fracción II), 424 Bis (fracción III) y 427, que probablemente necesitan que la víctima o alguien acuse primero. Todo esto aplica desde el 17 de septiembre de 1931, cuando empezó a regir el Código Penal Federal.
Texto oficial
Artículo 429. Los delitos previstos en este Título se perseguirán de oficio, excepto lo previsto en los artículos 424, fracción II, 424 Bis, fracción III y 427. Artículo adicionado DOF 24-12-1996. Reformado DOF 28-06-2010, 01-07-2020 ARTICULOS TRANSITORIOS: 1º.- Este Código comenzará a regir el día 17 de septiembre de 1931. 2º.- Desde esa misma fecha queda abrogado el Código Penal de 15 de diciembre de 1929, así como todas las demás leyes que se opongan a la presente; pero tanto ese Código como el de 7 de diciembre de 1871, deberán continuar aplicándose por los hechos ejecutados, respectivamente, durante su vigencia, a menos que los acusados manifiesten su voluntad de acogerse al ordenamiento que estimen más favorable, entre el presente Código y el que regía en la época de la perpetración del delito. Fe de erratas al artículo DOF 31-08-1931 3º.- Quedan vigentes las disposiciones de carácter penal contenidas en leyes especiales en todo lo que no esté previsto en este Código. Por tanto, mando se imprima, publique, circule y se le dé el debido cumplimiento. Dado en el Palacio del Poder Ejecutivo Federal, en México, a los trece días del mes de agosto de mil novecientos treinta y uno.- P. Ortiz Rubio.- Rúbrica.- El Subsecretario de Gobernación, Encargado del Despacho, Octavio Mendoza González.- Rúbrica. Lo que comunico a usted para su publicación y demás fines. Sufragio Efectivo. No Reelección. México, D.F., a 14 de agosto de 1931.- El Subsecretario de Gobernación. Encargado del Despacho, Octavio Mendoza González.- Rúbrica. CÓDIGO PENAL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 13-03-2026 148 de 353 Nota: El Apéndice 1 de este Código y sus tablas 1, 2, 3 y 4, quedaron sin efecto al reformarse el artículo 195 bis del propio Código, mediante Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación el 20 de agosto de 2009. APENDICE 1 Apéndice 1 adicionado DOF 10-01-1994. Apéndice con Tablas reformado DOF 22-07-1994 TABLA 1 MARIHUANA RESINA DE CANNABIS (HASCHICH) MORFINA BUPRENORFINA A (NUVAINE) CLORHIDRATO DE COCAINA SULFATO DE COCAINA HEROINA (DIACETIL- MORFINA) FENTANIL (ALFA- METIL) (CHINA- WHITE) MEPERIDINA (DEMEROL) PRIMODELINCUENCIA 1ª REINCIDENCIA 2ª REINCIDENCIA MULTIREINCIDENTE PENA DE PRISION máx 250 grs máx 5 grs máx 150 mgs máx 200 mgs máx 25 grs Fe de erratas DOF 01-08-1994 máx 250 mgs máx 1 gr máx 2 grs máx 2 grs 10 meses a 1 año 4 meses 1 año a 1 año 6 meses 1 año 3 meses a 1 año 9 meses 1 año 9 meses a 2 años 3 meses 250 grs a 1 kg 5-20 grs 150-300 mgs 200-400 mgs 25-50 grs 250-500 mgs 1-2 grs 2-4-grs 2-4 grs 1 año 4 meses a 1 año 9 meses 1 año 6 meses a 2 años 1 año 9 meses a 2 años 3 meses 2 años 3 meses a 2 años 9 meses 1 a 2.5 kg 20-50 grs 300-500 mgs 400-800 mgs 50-100 grs 500 mgs-1gr 2-4 grs 4-8 grs 4-8 grs 1 año 9 meses a 2 años 9 meses 2 años a 3 años 1 mes 2 años 3 meses a 3 años 5 meses 2 años 9 meses a 4 años 3 meses 2.5 a 5 kg 50-100 grs 500-1 gr 800-1 gr 100-200 grs 1-2 grs 4-6 grs 8-16 grs 8-16 grs 2 años 9 meses a 4 años 3 meses 3 años 1 mes a 4 años 9 meses 3 años 5 meses a 5 años 3 meses 4 años 3 meses a 6 años 6 meses TABLA 2 FENCICLIDINA (PCP) MEZCALINA ACIDO LISERGICO (LSD) PSILOCIBINA CLORHIDRATO DE METANFETAMINA (ICE) METANFETAMINA PRIMODELINCUENCIA 1ª REINCIDENCIA 2ª REINCIDENCIA MULTIREINCIDENTE PENA DE PRISIÓN máx 2 grs máx 2.5 grs máx 50 mgs máx 2.5 grs máx 1.5 gr máx 1.5 gr 10 meses a 1 año 4 meses 1 años a 1 año 6 meses 1 año 3 meses a 1 año 9 meses 1 año 9 meses a 2 años 3 meses 2-4 grs 2.5-5 grs 50-100 mgs 2.5-5 grs 1.5-3 grs 1.5-3 grs 1 año 4 meses a 1 año 9 meses 1 año 6 meses a 2 años 1 año 9 meses a 2 años 3 meses 2 años 3 meses a 2 años 9 meses 4-8 grs 5-10 grs 100-200 mgs 5-10 grs 3-5 grs 3-5 grs 1 año 9 meses a 2 años 9 meses 2 años a 3 años 1 mes 2 años 3 meses a 3 años 5 meses 2 años 9 meses a 4 años 3 meses 8-16 grs 10-20 grs 200-400 mgs 10-20 grs 5-10 grs 5-10 grs 2 años 9 meses a 4 años 3 meses 3 años 1 mes a 4 años 9 meses 3 años 5 meses a 5 años 3 meses 4 años 3 meses a 6 años 6 meses CÓDIGO PENAL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN Secretaría General Secretaría de Servicios Parlamentarios Última Reforma DOF 13-03-2026 149 de 353 TABLA 3 DIAZEPAM FLUNITRAZEPAM FENPROPOREX TRIHEXIFENIDILO CLORODIAZEPOXIDO PRIMODELINCUENCIA 1ª REINCIDENCIA 2ª REINCIDENCIA MULTIREINCIDENTE PENA DE PRISION máx 150 mgs máx 100mgs máx 200 mgs máx 100 mgs máx 240 mgs 10 meses a 1 año 4 meses 1 año a 1 año 6 meses 1 año 3 meses a 1 año 9 meses 1 año 9 meses a 2 años 3 meses 150-300 mgs 100-200 mgs 200-300 mgs 100-200 mgs 240-600 mgs 1 año 4 meses a 1 año 9 meses 1 año 6 meses a 2 años 1 año 9 meses a 2 años 3 meses 2 años 3 meses a 2 años 9 meses 300-600 mgs 200-300 mgs 300-400 mgs 200-300 mgs 600 mgs-1 gr 1 año 9 meses a 2 años 9 meses 2 años a 3 años 1 mes 2 años 3 meses a 3 años 5 meses 2 años 9 meses a 4 años 3 meses 600 mgs-1 gr 300-400 mgs 400-600 mgs 300-400 mgs 1-2 grs 2 años 9 meses a 4 años 3 meses 3 años 1 mes a 4 años 9 meses 3 años 5 meses a 5 años 3 meses 4 años 3 meses a 6 años 6 meses TABLA 4 SECOBARBITAL MECUALONA PENTOBARBITAL RAFETAMINA DEXTROANFETAMINA PRIMODELINCUENCIA 1ª REINCIDENCIA 2ª REINCIDENCIA MULTIREINCIDENTE PENA DE PRISION máx 2 grs máx 2.5 grs máx 5 grs máx 150 mgs máx 150 mgs 10 meses a 1 año 4 meses 1 año a 1 años 6 meses 1 año 3 meses a 1 año 9 meses 1 año 9 meses a 2 años 3 meses 2-4 grs 2.5-5 grs 5-20 grs 150-300 mgs 150-300 mgs 1 año 4 meses a 1 año 9 meses 1 año 6 meses a 2 años 1 año 9 meses a 2 años 3 meses 2 años 3 meses a 2 años 9 meses 4-8 grs 5-10 grs 20-50 grs 300-500 mgs 300-500 mgs 1 año 9 meses a 2 años 9 meses 2 años a 3 años 1 mes 2 años 3 meses a 3 años 5 meses 2 años 9 meses a 4 años 3 meses 8- 16 grs 10-20 grs 50-100 grs 500 mgs-1 gr 500 mgs-1 gr 2 años 9 meses a 4 años 3 meses 3 años 1 meses a 4 años 9 meses 3 años 5 meses a 5 años 3 meses 4 años 3 meses a 6 años 6 meses CÓDIGO PENAL FEDERAL CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. 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