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Artículo 56 del CÓDIGO Penal Federal

Explicado en lenguaje simple

En palabras simples

El juez o la jueza debe aplicar automáticamente la ley que más te beneficie si es que cambió después de que te sentenciaron. Si te dieron la condena más baja o la más alta permitida y luego sale una reforma que reduce esos límites, se aplica la nueva ley más favorable para ti. Si te sentenciaron con una pena intermedia, entre el mínimo y el máximo, se calcula el punto medio de la nueva ley y se te reduce la condena a ese nuevo número. En pocas palabras, si la ley mejora después de tu sentencia, tienes derecho a que te ajusten el castigo.

Texto oficial

Artículo 56.- La autoridad jurisdiccional competente aplicará de oficio la ley más favorable. Cuando el sujeto hubiese sido sentenciado al término mínimo o al término máximo de la pena prevista y la reforma disminuya dicho término, se estará a la ley más favorable. Cuando el sujeto hubiese sido sentenciado a una pena entre el término mínimo y el término máximo, se estará a la reducción que resulte en el término medio aritmético conforme a la nueva norma. Artículo reformado DOF 23-12-1985, 17-06-2016

Ver ley oficial en el DOF (pág. 19) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.