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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_cod2/147
Ley
Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
Artículo
147

Artículo 147 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 147 fue eliminado de la ley, ya no existe. "Derogado" significa que ese artículo ya no tiene validez legal. Por lo tanto, no tienes que preocuparte por lo que decía antes, porque ya no aplica en ningún caso.

Texto oficial

Artículo 147.- Derogado.

Ver texto oficial del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México (pág. 27) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.