Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 148 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo fue eliminado, ya no está vigente ni tiene validez jurídica. Básicamente, ya no existe en la ley, así que no tienes que preocuparte por él. Cuando una ley dice "derogado", significa que se quitó oficialmente y ahora no aplica para nada.

Texto oficial

Artículo 148.- Derogado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 27) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.