Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_cod2/154
- Ley
- Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
- Artículo
- 154
Artículo 154 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
El artículo 154 fue eliminado de la ley, ya no existe, por eso dice "Derogado". En palabras simples, quiere decir que esa regla ya no se aplica para nada. No tienes que preocuparte por lo que decía ese artículo porque ya no tiene validez legal. Es como si nunca hubiera estado escrito.
Texto oficial
Artículo 154.- Derogado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.