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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_cod2/154
Ley
Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
Artículo
154

Artículo 154 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 154 fue eliminado de la ley, ya no existe, por eso dice "Derogado". En palabras simples, quiere decir que esa regla ya no se aplica para nada. No tienes que preocuparte por lo que decía ese artículo porque ya no tiene validez legal. Es como si nunca hubiera estado escrito.

Texto oficial

Artículo 154.- Derogado.

Ver texto oficial del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México (pág. 27) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.