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Artículo 155 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no es válido. "Derogado" significa que fue eliminado de la ley, como cuando borran una regla que ya no sirve. Por lo tanto, no tienes que cumplir con nada de lo que decía antes.

Texto oficial

Artículo 155.- Derogado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 27) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.