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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_cod2/159
Ley
Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
Artículo
159

Artículo 159 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo fue eliminado de la ley, ya no existe ni tiene ningún efecto legal. Cuando una ley dice "derogado", significa que esa regla ya no es válida y no debes tomarla en cuenta.

Texto oficial

Artículo 159.- Derogado.

Ver texto oficial del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México (pág. 27) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.