Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_cod2/162
- Ley
- Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
- Artículo
- 162
Artículo 162 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no es válido, porque fue derogado, es decir, eliminado de la ley por completo. No tiene ningún efecto legal ni se aplica a nadie. Si ves “derogado”, significa que esa regla ya no existe, como si la hubieran borrado.
Texto oficial
Artículo 162.- Derogado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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