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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_cod2/162
Ley
Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
Artículo
162

Artículo 162 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no es válido, porque fue derogado, es decir, eliminado de la ley por completo. No tiene ningún efecto legal ni se aplica a nadie. Si ves “derogado”, significa que esa regla ya no existe, como si la hubieran borrado.

Texto oficial

Artículo 162.- Derogado.

Ver texto oficial del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México (pág. 27) ↗

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