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Artículo 164 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no sirve, fue eliminado de la ley. Significa que lo que decía antes ya no tiene ningún efecto legal. Si alguien lo usaba para hacer algún trámite o defensa, ya no aplica. En pocas palabras, es como si ese artículo nunca hubiera existido.

Texto oficial

Artículo 164.- Derogado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.