Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_cod2/165
- Ley
- Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
- Artículo
- 165
Artículo 165 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no es válido, fue eliminado de la ley. Significa que ya no tienes que preocuparte por lo que decía antes. Cuando una ley se deroga, es como si nunca hubiera existido para efectos prácticos. Así que no hay ninguna obligación ni regla que seguir aquí.
Texto oficial
Artículo 165.- Derogado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.