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Artículo 166 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no es válido porque fue eliminado de la ley. “Derogado” significa que ya no tiene efecto legal, así que no debes tomarlo en cuenta. Es como si esa regla jamás hubiera existido.

Texto oficial

Artículo 166.- Derogado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.