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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_cod2/166
Ley
Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
Artículo
166

Artículo 166 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no es válido porque fue eliminado de la ley. “Derogado” significa que ya no tiene efecto legal, así que no debes tomarlo en cuenta. Es como si esa regla jamás hubiera existido.

Texto oficial

Artículo 166.- Derogado.

Ver texto oficial del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México (pág. 28) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.