Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_cod2/168
- Ley
- Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
- Artículo
- 168
Artículo 168 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no aplica, porque fue eliminado de la ley. Cuando una ley dice "Derogado", significa que esa regla ya no existe y no tiene ningún efecto legal. Así que no hay nada que cumplir ni que tomar en cuenta de este artículo.
Texto oficial
Artículo 168.- Derogado.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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