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Artículo 176 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 176 fue eliminado de la ley. "Derogado" significa que ya no tiene validez, como cuando borras un contacto de tu celular. Así que ya no debes tomar en cuenta lo que este artículo decía antes. Ahora ya no aplica para ningún caso legal.

Texto oficial

Artículo 176.- Derogado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.