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Artículo 178 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 178 fue eliminado de la ley, ya no existe ni tiene ningún efecto legal. Cuando una ley dice "derogado" significa que ese artículo ya no se aplica, como si lo hubieran borrado del código. Así que no tienes que preocuparte por cumplir con lo que decía antes, porque ya no es válido.

Texto oficial

Artículo 178.- Derogado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 28) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.