Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.
Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_cod2/182
Ley
Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
Artículo
182

Artículo 182 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Artículo 182 fue eliminado de la ley, ya no existe ni tiene ningún efecto. Cuando una ley dice "derogado", significa que ese artículo ya no se aplica, como si lo hubieran borrado. No tienes que preocuparte por cumplir con lo que decía antes, porque ya no es válido.

Texto oficial

Artículo 182.- Derogado.

Ver texto oficial del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México (pág. 28) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.