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Artículo 209 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no existe en la ley porque fue derogado. Eso significa que una ley posterior lo eliminó por completo, como si nunca hubiera estado ahí. Por lo tanto, ya no tiene ningún efecto legal ni puede aplicarse a ningún caso.

Texto oficial

Artículo 209.- Derogado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 32) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.