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Artículo 213 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 213 fue eliminado de la ley, ya no existe ni tiene efecto. Cuando una ley dice "derogado", significa que ese artículo ya no es válido y no se aplica en ningún caso.

Texto oficial

Artículo 213.- Derogado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 33) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.