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Artículo 214 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 214 ya no es válido, está derogado, es decir, fue eliminado de la ley y ya no tiene ningún efecto legal. Por lo tanto, no hay ninguna regla o obligación que cumplir de ese artículo. Si antes decía algo, ahora ya no aplica y no te puede afectar.

Texto oficial

Artículo 214.- Derogado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 33) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.