Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 215 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 215 fue eliminado de la ley, ya no existe ni tiene ningún efecto legal, por eso dice "derogado". La sección que venía después, que hablaba de la Sala Superior, también fue borrada. En pocas palabras, ya no tienes que preocuparte por lo que decía este artículo ni por esa sección, porque ya no son válidos.

Texto oficial

Artículo 215.- Derogado. SECCIÓN SEGUNDA De la Sala Superior Derogada.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 33) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.