Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 227 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no es válido, está “derogado”, lo que significa que fue eliminado de la ley y ya no se aplica para nada. En México, cuando ves esa palabra, es como si el artículo hubiera sido borrado, así que no tienes que preocuparte por lo que decía.

Texto oficial

Artículo 227.- Derogado.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 34) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.