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Artículo 291 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando un tribunal superior decide que una regla o norma (como un reglamento o circular) es inválida, se lo notifica a la autoridad que la creó, como el gobierno del estado o un municipio. Además, el tribunal les recomienda que cambien o eliminen esa norma para que no siga aplicándose. Esto aplica a todo tipo de disposiciones generales que no sean constitucionales o legales. La idea es que las autoridades arreglen sus propias reglas para que estén de acuerdo con la ley.

Texto oficial

Artículo 291.- Al aprobarse el texto de alguna jurisprudencia, en la que se sostenga la invalidez de reglamentos, decretos, circulares y demás disposiciones generales, el pleno de la sala superior lo comunicará a las autoridades del Poder Ejecutivo del Estado, de los municipios o de los organismos auxiliares de carácter estatal o municipal que los hayan expedido, recomendándoles la reforma o derogación de los mismos.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 51) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.