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Artículo 76 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien es testigo en un juicio o trámite, tiene que explicar por qué dice lo que dice, no solo contar lo que vio o escuchó. El juez o la autoridad deben pedirle esa explicación y antes decirle claramente en qué consiste esa obligación.

Texto oficial

Artículo 76.- Los testigos están obligados a dar la razón de su dicho y la autoridad administrativa o el Tribunal deberán exigirla, explicando previamente en que consiste.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 14) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.