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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_cod2/76
Ley
Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
Artículo
76

Artículo 76 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Si alguien es testigo en un juicio o trámite, tiene que explicar por qué dice lo que dice, no solo contar lo que vio o escuchó. El juez o la autoridad deben pedirle esa explicación y antes decirle claramente en qué consiste esa obligación.

Texto oficial

Artículo 76.- Los testigos están obligados a dar la razón de su dicho y la autoridad administrativa o el Tribunal deberán exigirla, explicando previamente en que consiste.

Ver texto oficial del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México (pág. 14) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.