- Ley
- Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
- Artículo
- 90
Artículo 90 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Las presunciones humanas son las suposiciones que hace un juez basándose en cómo suceden normalmente las cosas. Si alguien usa una de estas suposiciones para defender su caso, la otra persona puede presentar pruebas para demostrar que esa suposición es incorrecta. O sea, no es una verdad absoluta; siempre se puede contradecir con evidencia.
Texto oficial
Artículo 90.- Las presunciones humanas admiten prueba en contrario. SECCIÓN OCTAVA De la Instrumental
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