- Ley
- Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
- Artículo
- 92
Artículo 92 del Código de Procedimientos Administrativos del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Cuando un juez o una autoridad revisa tu caso, tiene que checar todas las pruebas y documentos que ya están en el expediente, como fotos, videos, estudios, etc. No puede ignorar nada de lo que tú o la otra parte hayan metido al archivo del caso. Eso significa que todo lo que entregues servirá para que tomen una decisión más justa.
Texto oficial
Artículo 92.- La autoridad administrativa o el Tribunal están obligados a tomar en cuenta las actuaciones que obren en el expediente. SECCIÓN NOVENA De las Fotografías y demás Elementos Aportados por la Ciencia
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.