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Artículo 12 del Código Electoral del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Todo ciudadano mexicano tiene derecho a formar partidos políticos en su estado, a unirse a ellos y a ser miembro de forma voluntaria. La ley dice cómo se crean y registran estos partidos. Nadie puede estar afiliado a dos partidos al mismo tiempo.

Texto oficial

Artículo 12. Es derecho de los ciudadanos constituir partidos políticos locales, afiliarse y pertenecer a ellos individual y libremente. Este Código establece las normas para la constitución y el registro de los mismos. Ningún ciudadano podrá estar afiliado a más de un partido político.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 5) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.