Artículo 175 del Código Electoral del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo General es el jefe máximo del organismo encargado de las elecciones. Su trabajo es asegurarse de que todo se haga conforme a la ley y la Constitución, además de fomentar la cultura democrática. También debe cuidar que siempre se cumplan principios como la honestidad, la igualdad de género y la transparencia en todo lo que haga el organismo. En sus decisiones, siempre debe tomar en cuenta la perspectiva de género para evitar discriminaciones.
Texto oficial
Artículo 175. El Consejo General es el órgano superior de dirección, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, de promover la cultura política democrática, así como de velar porque los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, máxima publicidad, objetividad, profesionalismo y paridad de género guíen todas las actividades del organismo. En su desempeño aplicará la perspectiva de género.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.