Artículo 2 del Código Electoral del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Para entender este Código, los jueces deben usar tres formas de interpretación: la gramatical (basada en el significado de las palabras), la sistemática (viendo cómo encaja con otras leyes) y la funcional (pensando en el propósito de la norma). Todo esto tiene que hacerse siguiendo lo que dice el artículo 14 de la Constitución mexicana, que prohíbe aplicar leyes al revés de lo que dicen. También deben tomar en cuenta lo establecido en las leyes generales sobre elecciones y partidos políticos. En pocas palabras, los encargados de aplicar la ley no pueden inventar ni torcer las reglas, sino que deben seguir estos pasos para ser justos.
Texto oficial
Artículo 2. La interpretación de este Código se hará conforme a los criterios gramatical, sistemático y funcional, atendiendo a lo dispuesto en el último párrafo del artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y lo dispuesto en las leyes generales de Instituciones y Procedimientos Electorales y de Partidos Políticos.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.