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Artículo 240 del Código Electoral del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo explica cuándo empieza y termina el proceso para declarar quién ganó la elección de Gobernador. Todo inicia cuando los consejos distritales reciben los paquetes con las boletas y actas de las casillas. Termina cuando el Consejo General del INE hace el conteo final y dice oficialmente quién es el nuevo Gobernador, o cuando el Tribunal Electoral resuelve alguna queja. En otras palabras, es el paso donde se revisan los votos y se confirma al ganador.

Texto oficial

Artículo 240. La etapa de resultados y declaraciones de validez de la elección de Gobernador, se inicia con la recepción de la documentación y de los expedientes electorales en los consejos distritales correspondientes y concluye con el cómputo final y la declaración de validez que realice el Consejo General, o con las resoluciones que, en su caso, pronuncie el Tribunal Electoral. TÍTULO SEGUNDO De los actos preparatorios de la elección CAPÍTULO PRIMERO De las precampañas en los procesos internos de selección de candidatos

Ver ley oficial en el DOF (pág. 80) ↗

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