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Artículo 304 del Código Electoral del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El acta de la jornada electoral es como la minuta oficial de lo que pasó en tu casilla el día de las elecciones. Se divide en dos partes principales. La primera, "de instalación", registra cómo se preparó la casilla al empezar el día. La segunda, "de cierre de votación", anota el momento en que se terminó de recibir votos y cómo quedó todo al final.

Texto oficial

Artículo 304. El acta de la jornada electoral contendrá los siguientes apartados: I. El de instalación. II. El de cierre de votación.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 101) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.