Artículo 397 del Código Electoral del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Los secretarios proyectistas son los empleados del tribunal que revisan a fondo los casos cuando alguien presenta una queja o recurso legal (eso son los "medios de impugnación"). Su trabajo es estudiar todos los papeles del expediente para entender bien el asunto. Después, preparan un borrador de la decisión que proponen, y se lo pasan al magistrado encargado para que lo analice y decida si está bien o no. En pocas palabras, ellos hacen el trabajo pesado de investigar y redactar, pero quien firma la resolución final es el magistrado.
Texto oficial
Artículo 397. Los secretarios proyectistas tendrán a su cargo: I. Estudiar y analizar los expedientes que se formen con motivo de la interposición de medios de impugnación. II. Formular los proyectos de resolución que someterán a la consideración del magistrado ponente.
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