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Ley
Código Electoral del Estado de México
Artículo
568

Artículo 568 del Código Electoral del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los jueces del Tribunal de Disciplina Judicial se cambian cada 6 años y se eligen en todo el estado. En cambio, los magistrados y jueces del Tribunal Superior de Justicia y del Poder Judicial se eligen cada 9 años, ya sea a nivel estatal, regional o distrital, dependiendo de la zona donde trabajen. La elección del Presidente del Tribunal Superior de Justicia también se hace cada 9 años a nivel estatal.

Texto oficial

Artículo 568. Para el caso de Magistradas y Magistrados del Tribunal de Disciplina Judicial, la elección se realizará a nivel estatal cada seis años, y para Magistradas y Magistrados del Tribunal Superior de Justicia, Juezas y Jueces del Poder Judicial, la elección se realizará cada nueve años, a nivel estatal, regional o distrital conforme a la jurisdicción o marco geográfico que se determine. Para elegir Presidenta o Presidente del Tribunal Superior de Justicia la elección se realizará a nivel estatal cada nueve años.

Ver texto oficial del Código Electoral del Estado de México (pág. 194) ↗

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