Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 583 del Código Electoral del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Los Comités deben publicar las invitaciones para que puedas participar en la selección de candidaturas dentro de los 15 días siguientes a que se formen. Esa invitación debe incluir información importante como las fechas para registrarte, evaluarte y ser elegido, los pasos a seguir y cómo contactarlos. También debe explicar cómo van a calificar a los aspirantes, pero sin añadir requisitos que no estén ya en la ley. Al cerrar el registro, el Comité hará una lista de quienes sí cumplen con los requisitos básicos, sin pedir cosas extra.

Texto oficial

Artículo 583. Los Comités publicarán dentro de los quince días naturales posteriores a su integración las convocatorias para participar en el proceso de evaluación y selección de candidaturas, que contendrán lo siguiente: I. La información pertinente contenida en la convocatoria general que publique la Legislatura; II. Las etapas, fechas y plazos aplicables al proceso de inscripción, evaluación y selección de candidaturas por el Comité; Publicada en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno” el 28 de junio de 2014. Última reforma POGG: 03 de junio de 2026. CÓDIGO ELECTORAL DEL ESTADO DE MÉXICO 198 III. Los mecanismos, formatos y otros medios de contacto para inscribirse en la convocatoria, así como para el seguimiento del proceso, incluyendo lo relativo a la elección de la Presidencia del Tribunal Superior de Justicia; IV. La metodología de evaluación de idoneidad de las personas aspirantes para el desempeño de los cargos de elección que correspondan por cada cargo y materia de especialización, la cual incluirá, lo dispuesto en el artículo 585. En dicha metodología los Comités no podrán agregar criterios de evaluación adicionales a los previstos en la Constitución Local y éste Código, y V. Los formatos que determine el Instituto mediante los cuales las personas candidatas entregarán su información para ser publicada en el micrositio del Instituto. Concluido el plazo para inscribirse en la convocatoria, los Comités integrarán la lista de las personas aspirantes que hayan concurrido a la convocatoria y reúnan los requisitos constitucionales de elegibilidad a través de la documentación que presenten, sin que puedan exigirse requisitos adicionales a los establecidos en la Constitución local.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 197) ↗

⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.