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Artículo 600 del Código Electoral del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El Instituto (el INE, el organismo que organiza las elecciones) tiene que publicar en su sitio web toda la información importante sobre las encuestas que hace, como por ejemplo cómo las realizó, cuánto dinero costaron, quiénes estuvieron a cargo y los resultados que obtuvo. Esto aplica para las encuestas o sondeos de opinión que se hagan para las elecciones que se organizan por territorio (como las de presidente, diputados o senadores). Con esto, cualquier persona puede revisar los datos y saber si la encuesta fue seria o no.

Texto oficial

Artículo 600. La metodología, costos, personas responsables y resultados de las encuestas o sondeos serán difundidas por el Instituto en su página de Internet. Sección Tercera De la Elección por Jurisdicción

Ver ley oficial en el DOF (pág. 203) ↗

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