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Artículo 619 del Código Electoral del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando terminan de contar los votos de una elección, la oficina encargada de esa zona le entrega a cada candidato o candidata que ganó un documento llamado Constancia de Resultados. Ese papel indica los votos que sacó dentro de ese consejo electoral local. Después de que todos los consejos electorales terminen de contar sus votos, le mandan los resultados al Consejo General para que sume todos los votos por tipo de elección (por ejemplo, diputados, senadores o presidente).

Texto oficial

Artículo 619. Concluidos los cómputos de cada elección, el órgano desconcentrado correspondiente emitirá a cada candidatura ganadora una Constancia de Resultados, misma que contendrá los votos obtenidos dentro del consejo respectivo. Una vez que se hayan computado la totalidad de las elecciones por parte de los Consejos respectivos, se remitirán al Consejo General para que proceda a realizar la sumatoria por tipo de elección.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 209) ↗

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