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Artículo 85 del Código Electoral del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo dice que el Instituto Nacional Electoral (INE) se encarga de organizar la elección de candidatos independientes. En las partes del país que no son la central, los consejos y juntas de cada distrito o municipio son los responsables. El Consejo General del INE va a sacar las reglas para hacerlo, usando sus propias oficinas y equipos de trabajo de manera eficiente. Todo esto debe hacerse siguiendo lo que dice este Código y otras leyes. En pocas palabras, el INE y sus oficinas locales son los que coordinan todo el proceso para que puedas votar por candidatos independientes.

Texto oficial

Artículo 85. La organización y desarrollo de la elección de candidaturas independientes será responsabilidad de las direcciones ejecutivas y unidades técnicas del Instituto, en lo concerniente a los órganos desconcentrados, serán competentes los consejos y juntas distritales y municipales que correspondan. El Consejo General emitirá las reglas de operación respectivas, utilizando racionalmente las unidades administrativas del mismo, conforme a la definición de sus atribuciones, observando para ello las disposiciones de este Código y demás normativa aplicable.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 26) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.