Versión en proceso de prueba · la información puede contener errores y no constituye asesoría legal.

Artículo 86 del Código Electoral del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Puedes solicitar aparecer en las boletas electorales como candidato o candidata sin pertenecer a ningún partido político, siempre y cuando cumplas con los requisitos que marca la Constitución de tu estado y este Código Electoral. Básicamente, la ley te da el derecho de buscar un puesto de elección popular por tu cuenta, pero tendrás que seguir las reglas exactas que ya están escritas. No es un proceso libre; hay condiciones específicas que debes cumplir al pie de la letra.

Texto oficial

Artículo 86. El derecho de los ciudadanos de solicitar su registro de manera independiente a los partidos políticos se sujetará a los requisitos, condiciones y términos establecidos en la Constitución Local y en el presente Código.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 26) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.