Artículo 86 del Código Electoral del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Puedes solicitar aparecer en las boletas electorales como candidato o candidata sin pertenecer a ningún partido político, siempre y cuando cumplas con los requisitos que marca la Constitución de tu estado y este Código Electoral. Básicamente, la ley te da el derecho de buscar un puesto de elección popular por tu cuenta, pero tendrás que seguir las reglas exactas que ya están escritas. No es un proceso libre; hay condiciones específicas que debes cumplir al pie de la letra.
Texto oficial
Artículo 86. El derecho de los ciudadanos de solicitar su registro de manera independiente a los partidos políticos se sujetará a los requisitos, condiciones y términos establecidos en la Constitución Local y en el presente Código.
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.