Artículo 94 del Código Electoral del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
El Consejo General del Instituto (el INE) va a publicar una invitación oficial para que tú, como ciudadano, puedas registrarte como candidato independiente si así lo deseas. Ahí te van a decir a qué puestos de elección popular te puedes postular (como diputado, senador, presidente, etc.), los requisitos que tienes que cumplir y los papeles que debes entregar para comprobarlo. También te van a avisar cuánto tiempo tienes para juntar las firmas de apoyo de otros ciudadanos, cuánto dinero puedes gastar en tu campaña y los formatos oficiales que debes usar. El Instituto va a hacer mucha publicidad de esa convocatoria para que todo mundo se entere.
Texto oficial
Artículo 94. El Consejo General del Instituto emitirá la convocatoria dirigida a los ciudadanos interesados en postularse como candidatos independientes, señalando los cargos de elección popular a los que pueden aspirar, los requisitos que deben cumplir, la documentación comprobatoria requerida, los plazos para recabar el apoyo ciudadano correspondiente, los topes de gastos que pueden erogar y los formatos para ello. El Instituto dará amplia difusión a la convocatoria. CAPÍTULO SEGUNDO De los actos previos al registro de candidatos independientes
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.