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Consultado en precedentelegal.com · https://www.precedentelegal.com/leyes/Edomex_cod6/120
Ley
Código Penal del Estado de México
Artículo
120

Artículo 120 del Código Penal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cometes el delito de resistencia si usas la fuerza, amagues o amenaces para evitar que un policía o autoridad haga su trabajo, o para negarte a cumplir una orden que te den de manera legal. Por esto te pueden castigar con cárcel de uno a dos años y una multa de 30 a 100 días de salario.

Texto oficial

Artículo 120.- Comete el delito de resistencia el que empleando la fuerza, el amago o la amenaza, se oponga a que la autoridad o sus agentes ejerzan alguna de sus funciones o se niegue al cumplimiento de un mandato dictado en forma legal, y se le impondrán de uno a dos años de prisión y de treinta a cien días multa. CAPITULO III COACCION

Ver texto oficial del Código Penal del Estado de México (pág. 36) ↗

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