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Artículo 122 del Código Penal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cometer este delito significa que alguien, por sus propias manos o usando fuerza física, para una obra, trabajo o programa que beneficia a toda la comunidad, como construir una calle o llevar agua potable, aunque esa obra ya fue ordenada legalmente por la autoridad correspondiente. Si haces eso, te pueden meter a la cárcel por seis meses y además te multan con una cantidad que va de 30 a 60 días de tu salario.

Texto oficial

Artículo 122.- Comete este delito el que impida en forma material la ejecución de una obra, trabajo público, programa o cualquier otro tipo de beneficio colectivo, ordenados con los requisitos legales por la autoridad competente o con su autorización y se le impondrán seis meses de prisión y de treinta a sesenta días multa.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 37) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.