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Artículo 145 del Código Penal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Este artículo ya no es válido porque fue eliminado de la ley. Al decir "Derogado", significa que ya no tiene ningún efecto legal, así que no puede aplicarse ni castigar a nadie por lo que decía. El lugar que ocupaba ahora está vacío, y le sigue una sección nueva que habla sobre delitos relacionados con el servicio público y el agua potable. No tienes que preocuparte por este artículo, porque simplemente ya no existe para la ley.

Texto oficial

Artículo 145. Derogado. CAPÍTULO XV BIS DE LOS DELITOS CONTRA EL SERVICIO PÚBLICO Y DISTRIBUCIÓN DEL AGUA

Ver ley oficial en el DOF (pág. 39) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.