Artículo 145 del Código Penal del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
Texto
En palabras simples
Este artículo ya no es válido porque fue eliminado de la ley. Al decir "Derogado", significa que ya no tiene ningún efecto legal, así que no puede aplicarse ni castigar a nadie por lo que decía. El lugar que ocupaba ahora está vacío, y le sigue una sección nueva que habla sobre delitos relacionados con el servicio público y el agua potable. No tienes que preocuparte por este artículo, porque simplemente ya no existe para la ley.
Texto oficial
Artículo 145. Derogado. CAPÍTULO XV BIS DE LOS DELITOS CONTRA EL SERVICIO PÚBLICO Y DISTRIBUCIÓN DEL AGUA
Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.