Artículo 207 del Código Penal del Estado de México
Explicado en lenguaje simple
En palabras simples
Si alguien comete un delito de los que habla esta ley, y además usa su trabajo o cargo público para cometerlo, le aumentan la pena hasta la mitad más de lo normal. Por ejemplo, si le tocan 10 años, podrían ser hasta 15. Además, lo corren del puesto público y no puede tener otro por 8 a 20 años, o si es profesionista, le suspenden su oficio por el mismo tiempo que dure su condena. También se aplica el aumento de la pena si el que comete el delito es familiar de la víctima (hasta primos o parientes políticos) o vive con ella, aunque sea de vez en cuando, o tiene una relación parecida. En estos casos, además de la cárcel, pierde la patria potestad de sus hijos, la custodia, el derecho de visitas, la pensión alimenticia que recibía de la víctima, y cualquier derecho sobre los bienes de ella.
Texto oficial
Artículo 207.- Las penas que resulten aplicables por los delitos previstos en los capítulos I y II de este título se aumentarán hasta en una mitad más de acuerdo con lo siguiente: I. Si el sujeto activo se valiese de la función pública, la profesión u oficio que desempeña, aprovechándose de los medios o circunstancias que ellos le proporcionan. En este caso, además, se le destituirá del empleo, cargo o comisión públicos e inhabilitará de ocho a veinte años para desempeñar otro, o se le suspenderá del ejercicio de la profesión u oficio por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta; y II. Si el sujeto activo del delito tiene parentesco por consanguinidad, afinidad o civil hasta en cuarto grado o habite ocasional o permanentemente en el mismo domicilio con la víctima, o tenga una relación análoga de cualquier tipo con el sujeto pasivo; además cuando corresponda, perderá la patria potestad, guarda y custodia o régimen de visitas y convivencias, el derecho de alimentos que le correspondiera por su relación con la víctima y el derecho que pudiere tener respecto de los bienes de ésta.
⚖️ Esta información es general y no sustituye la asesoría de un profesional. Si tu situación es delicada o tiene detalles particulares, es importante que la consultes con un abogado.
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