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Artículo 3 Bis del Código Penal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

Cuando alguien comete un delito contra un niño, niña o adolescente, los jueces y autoridades siempre deben pensar primero en lo que sea mejor para ellos. Eso significa que, al aplicar la ley, se busca proteger su bienestar y sus derechos por encima de todo. No importa qué otra cosa digan las reglas, la prioridad es que el menor no sufra más daño. En pocas palabras, es como decir que el interés de los niños siempre va primero.

Texto oficial

Artículo 3 Bis. Tratándose de delitos cometidos en contra de niñas, niños y adolescentes se atenderá en todo momento el interés superior de niñas, niños y adolescentes en toda la aplicación de ley. CAPITULO IV LEYES ESPECIALES Y CONCURSO APARENTE DE NORMAS

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.