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Artículo 4 del Código Penal del Estado de México

Explicado en lenguaje simple

Texto

En palabras simples

El artículo 4 dice que cuando alguien comete un delito que está en una ley general o en una ley local especial, esas leyes son las que se aplican primero. Pero si hay algo que no cubren, entonces se usan las reglas del Código Penal para llenar los huecos. Lo que llaman "en lo conducente" significa que solo se toma lo que sea útil y tenga sentido para el caso.

Texto oficial

Artículo 4.- Cuando se comete un delito previsto en una ley general o local especial, se aplicarán éstas y, en lo conducente, las disposiciones del presente Código.

Ver ley oficial en el DOF (pág. 2) ↗

Esta explicación es informativa y no constituye asesoría legal. Consulta siempre el texto oficial y, si lo necesitas, a un profesional.